El caso del software asociado a la cátedra dirigida por Begoña Gómez en la Universidad Complutense (esposa de Pedro Sánchez, presidente de España) ilustra un entramado complejo de financiación, gestión y apropiación de recursos digitales destinados originalmente a una plataforma de código libre para responsabilidad social empresarial.

La creación y financiación del software
Según las fuentes de diferentes medios, Google firmó un acuerdo inicial de 40.000 euros que luego ascendió a 110.000 euros, para desarrollar la plataforma digital “Transformación Social Competitiva”.
El objetivo de esa plataforma era supuestamente, ayudar a pymes a planificar y medir objetivos de sostenibilidad y mejorar su acceso a la financiación enmarcando el proyecto dentro de fines académicos y sociales.
Subcontratación y desarrollo
Google subcontrató a la empresa Devoteam para construir módulos técnicos de la plataforma.
Aunque la Universidad Complutense declaró no haber tenido control ni acceso al código fuente, por lo que la propia universidad abrió una investigación judicial sobre transparencia y apropiación del software.
Apropiación indebida y registro del software
La irregularidad clave, parecer estar en que el software y la web asociada fueron registrados a nombre de Begoña Gómez, bajo la marca y el dominio “transformatsc.org” que se quedaron bajo su control y no en manos de la universidad.
Esto, permitió a Gómez gestionarlo como una empresa privada (Transforma TSC SL) e impidió que la Complutense tuviese la autoría pese a que el proyecto se financió con los fondos de patrocinadores y recursos universitarios.
Venta y explotación comercial
El software dejó de ser de código libre y pasó a ser comercializado a través de la web gestionada por Gómez. Con ello, se monetizó un producto creado con recursos públicos y académicos, lo que constituye el núcleo de la acusación judicial por apropiación indebida y malversación.
Investigación judicial en curso
El juzgado de instrucción ha solicitado correos, documentación técnica y código fuente a Google, Devoteam y empresas de alojamiento digital.
El objetivo, determinar la cadena de propiedad y la legalidad del registro privado. Según expertos, la privatización del software vulneró el espíritu de código abierto y el acuerdo original entre la universidad y Google.
¿Es esto un delito contra el código abierto?
Si bien, el código abierto, en algunos casos se puede «semi privatizar» siempre y cuando respetes los derechos incluidos bajo su licencia.
En este caso, todo apunta a que el proyecto se planteó como una plataforma académica de código abierto financiada con patrocinio empresarial (Google, entre otros) pero la Universidad Complutense no recibió el código fuente ni documentación técnica.
El registro del software, dominio y marca, contradicen toda naturaleza de un desarrollo universitario de código libre destinados al uso académico y NO existe constancia pública de que se liberase el nuevo código, bajo ninguna licencia open source reconocida (como GPL, MIT, Apache).
Por lo que, todo apunta a que se cerró y explotó como producto privado (o al menos se intento) y que pese a ser presentado como un software de código abierto académico, terminó siendo privatizado y comercializado (o al menos, intento de comercializar).
Todo ello, sin respetar, ni seguir en ningún momento las buenas prácticas de las licencias y éticas bajo las que se encuentra siempre un código de software libre como el que usaron para la creación de «su software».
Conclusión
El caso del software de la cátedra de Begoña Gómez apunta a ser, un ejemplo paradigmático de cómo un desarrollo público puede terminar privatizado y explotado (u intentado explotar) comercialmente, en perjuicio de la transparencia, legalidad y propiedad intelectual universitaria de las licencias del código abierto.
Artículos Relacionados
Descubre más desde CIBERED
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.


